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Visas. |
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Visado de Turista Bajo La forma de Tarjeta de Turismo
DEX-2 |
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Visas por países
Pasaporte: vigencia mínima de seis meses.
Visa:
vigencia de un año, con múltiples entradas y permitirá permanecer en
el país por un período de hasta 90 días, prorrogable por igual lapso.
También es
aceptada la tarjeta DEX-2, otorgada por las secciones consulares,
embajadas, oficinas consulares y empresas transportadoras de pasajeros
autorizadas por el ente rector del Turismo, en este caso, Viceministerio
de Turismo. Para un período de (90) días improrrogables; una sola entrada.
Transeuntes: Se dividen en el de negocios, inversiones,
negocios industriales, familiar de venezolanos, pensionado, empleado
doméstico, religioso y trabajador. Cada uno de ellos requiere documentos
específicos.
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Especificaciones |
Países |
Tiempo de Estadía |
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Países que NO requieren VISA para entrar a Venezuela
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Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Neerlandesas, Argentina, Australia, Austria, Barbados, Bélgica, Belice, Brasil, Bulgaria, Canadá, Costa Rica, Chile, Croacia, Dinamarca, Dominica, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Grenada, Guatemala, Hong kong (RAE), Hungría Irlanda, Islandia, Italia, Jamaica, Japón, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malasia, México, Mónaco, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Polonia, Portugal, Republica Checa, Republica Eslovaca, Rumania, Santa Lucia, Saint Kitts and Nevis, San Marino, San Vicente y las Granadinas, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Taiwán, Trinidad y Tobago, Uruguay. |
90 días |
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Nota: Los ciudadanos de los países que
no están en este listado requieren de visado para
ingresar
a Venezuela |
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VISA TRANSEUNTE FAMILIAR
VENEZOLANO
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VISA TRANSEUNTE FAMILIAR
•
VISA TURISTA
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VISA TRANSEUNTE DE NEGOCIOS
•
VISA TRANSEUNTE LABORAL
•
VISA TRANSEUNTE INVERSIONISTA
•
VISA TRANSEUNTE EMPRESARIO/INDUSTRIAL
•
VISA TRANSEUNTE RENTISTA
•
VISA TRANSEUNTE EMPLEADO DOMESTICO
•
VISA TRANSEUNTE ESTUDIANTE
•
VISA TRANSEUNTE RELIGIOSO
•
VISA TRANSEUNTE REINGRESO |
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VISA TRANSEÚNTE
FAMILIAR VENEZOLANO
Se otorgará al cónyuge del venezolano(a),
siempre que el matrimonio se hubiere celebrado en el extranjero e inscrito ante la Oficina Consular
venezolana, a los hijos menores de 18 años de edad no emancipados, a los progenitores y padres políticos,
previa comprobación
fehaciente del vínculo
familiar. Para el otorgamiento
de este visado el grupo familiar deberá viajar junto con el ciudadano venezolano(a) a domiciliarse en el país. Tendrá una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, sin límite de permanencia. Vencido dicho término el interesado podrá solicitar en el país la prórroga.
• Llenar formulario
consular.[llenar
formulario anverso]
[Imprimir
formulario reverso] 
• Dos fotografías 4x4
de frente a color actualizadas.
• Pasaporte vigente mínimo seis (6) meses.
• Fotocopia de la Cédula
de Identidad ampliada y
del pasaporte
venezolano.
• Partida de Nacimiento
del venezolano,
debidamente legalizada en
Venezuela o la Gaceta
Oficial donde conste la nacionalización.
• Copia de Inscripción
del Registro
Civil Libanes, debidamente
legalizado por los Ministerios
de Interiores y Exteriores del Líbano.
• Los cónyuges, deberán
presentar la Partida de Matrimonio libanesa, debidamente legalizada por los
Ministerios en el Líbano.
• Los padres e hijos menores
de edad, deberán presentar Copia de Inscripción
del Registro
Civil Familiar, debidamente legalizado
en Líbano.
• Registro civil familiar legalizados por los ministerios de realciones exteriores e interiores.
• Todo documento deberá ser traducido al idioma castellano por un traductor jurado.
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VISA TRANSEÚNTE
FAMILIAR
• Llenar formulario consular.
[llenar
formulario anverso]
[Imprimir
formulario reverso] 
• Dos fotografías
4x4 de frente a color actualizadas.
• Pasaporte vigente por un mínimo de seis (6) meses.
• Fotocopia de la Cédula
de Identidad ampliada y
del pasaporte
del familiar, residente
en
Venezuela.
• Copia de Inscripción
del Registro
Civil Libanes, debidamente
legalizado.
• Los padres e hijos de residentes,
deberán presentar Copia de Inscripción
del Registro
Civil Familiar, debidamente legalizado
en Líbano.
• Los cónyuges, deberán
presentar la Partida de Matrimonio, debidamente legalizada.
• Registro civil familiar legalizados por los ministerios de realciones exteriores e interiores.
• Todo documento deberá ser traducido al idioma castellano por un traductor jurado.
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VISA TURISTA
• Llenar formulario consular.[llenar
formulario anverso]
[Imprimir
formulario reverso] 
• Dos fotografías
4x4 de frente a color actualizadas.
• Pasaporte vigente por un mínimo de seis meses.
• Carta bancaria que señale la fecha de apertura de su cuenta, numero,
tipo de cuenta y su movimiento en los últimos
seis meses.
• Constancia laboral especificando salario,
cargo y antigüedad.
• Cualquier otra referencia que compruebe la solvencia económica
del interesado.
• Registro civil familiar legalizados por los ministerios de realciones exteriores e interiores.
• Todo documento deberá ser traducido al idioma castellano por un traductor jurado.
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VISA
TRANSEÚNTE DE NEGOCIOS
• Llenar formulario consular.
[llenar
formulario anverso]
[Imprimir
formulario reverso] 
• Dos fotografías
4x4 de frente a color actualizadas.
• Pasaporte vigente por un mínimo de seis (6) meses.
• Registro mercantil de
la Compañía del Interesado.
• Carta de la Empresa empleadora, que especifique:
a) Posición laboral
del solicitante,
b) Razón de viaje,
c) Nombre y dirección de la o las compañías a ser contactadas
en
Venezuela,
d) Duración del viaje y e) constancia de que la empresa se hará responsable por el viaje y manutención en
Venezuela.
• Cualquier otro documento a juicio
del funcionario
consular.
• Registro civil familiar legalizados por los ministerios de realciones exteriores e interiores.
• Todo documento deberá ser traducido al idioma castellano por un traductor jurado.
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VISA DE TRANSEUNTE
LABORAL
• Llenar formulario consular [llenar
formulario anverso]
[Imprimir
formulario reverso] 
• Dos fotografías
4x4 de frente a color actualizadas.
• Pasaporte vigente por un mínimo de seis (6) meses.
• Original
del contrato
de trabajo en
Venezuela.
• Esta visa sólo
se otorga, previa autorización de la Dirección
de Extranjería del Ministerio
de Relaciones Interiores
de Venezuela.
• Registro civil familiar legalizados por los ministerios de realciones exteriores e interiores.
• Todo documento deberá ser traducido al idioma castellano por un traductor jurado.
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VISA TRANSEUNTE
INVERSIONISTA
Se otorgará a
personas o representantes de empresas,
que muestren a través de documento fehaciente, que se han establecido los contactos y que la inversión ha sido aceptada por los organismos
oficiales venezolanos correspondientes.
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VISA TRANSEUNTE
EMPRESARIO / INDUSTRIAL
Se otorgará a
persona que demuestren poseer empresas o industrias, radicadas en el lugar de su domicilio
o que tengan filiales en
Venezuela y que
viajen a ésta en actividades relacionadas con las mismas.
La solicitud deberá
estar suscrita por el interesado indicando el motivo
del viaje
y contactos que realizará en
Venezuela. A tal
fin, se exigirá carta
de la Cámara o Asociación
de Comercio o Industria correspondiente o Registro Mercantil de la empresa o industria.
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VISA TRANSEUNTE
RENTISTA
Se otorgará
a personas no migrantes, que
vivan de sus rentas lícitas o pensión, con ingreso mensual equivalente a US$
1.200,oo, generados en
el exterior. Cuando viaje
acompañado por miembros de su familia deberá comprobar además, poseer ingresos mensuales fijos de US$ 500,oo por cada
acompañante.
Demostración fehaciente
del ingreso
mensual y
del vínculo
familiar cuando viaje acompañado, a través de documentos emitidos por las autoridades locales.
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VISA TRANSEUNTE
EMPLEADO DOMESTICO
Se otorgará
al empleado doméstico(a)
de funcionario diplomático,
consular o auxiliar de la República
acreditado en el exterior o funcionario
representante de Venezuela acreditado
ante Organismo Internacional,
cuando regrese definitivamente al país.
El funcionario diplomático,
consular o auxiliar exhibirá
la Resolución de su
traslado definitivo al país. Asimismo, hará una declaración en la cual
se comprometa a sufragar los gastos de repatriación al país
de origen, o de residencia
si se presentare el caso.
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VISA TRANSEUNTE
ESTUDIANTE
• Llenar formulario consular.
[llenar
formulario anverso]
[Imprimir
formulario reverso] 
• Dos fotografías
4x4 de frente a color actualizadas.
• Ser nacional o residente
en la República Libanesa.
• Pasaporte vigente por un mínimo de seis meses.
• Otorgable a los extranjeros que se trasladen a
Venezuela para realizar estudios de post-grado y cualquier otro tipo de adiestramiento según acuerdo suscrito por
Venezuela, que cumplan con:
a) Constancia de inscripción o aceptación
definitiva en Universidad ó Instituto Técnico Universitario,
b) Títulos
y certificados de estudios
debidamente legalizados,
c) Constancia de quién proveerá los recursos económicos para su manutención
en
Venezuela.
• Manifestación de voluntad
de no realizar actividades
remuneradas o lucrativas.
• Registro civil familiar legalizados por los ministerios de realciones exteriores e interiores.
• Todo documento deberá ser traducido al idioma castellano por un traductor jurado.
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VISA TRANSEUNTE
RELIGIOSO
El interesado presentará por escrito una solicitud
formulada por el responsable de la Congregación,
indicando religión,
culto o cualquier actividad afín, que realizará el interesado, tiempo de permanencia y dirección
en Venezuela. El funcionario consular deberá solicitar, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección General Sectorial
de Relaciones Consulares,
la conformidad del Ministerio
del Interior y Justicia, aportando
los datos siguientes: nombres y apellidos; fecha y lugar de nacimiento; número, fecha de expedición y expiración
del pasaporte; religión
o culto; fecha de ingreso; tiempo de permanencia y dirección
en Venezuela del interesado.
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VISA TRANSEUNTE
REINGRESO
Será otorgado
por las Secciones Consulares de las Embajadas y Oficinas Consulares de la República a aquellas personas en condición
de residente, que no hayan permanecido más de dos (2) años
consecutivos en el exterior o no hayan adquirido residencia en otro país, siempre que la fecha de vencimiento de tal condición no hubiese excedido treinta (30) días continuos.
También será otorgado a quienes se les haya vencido en el exterior la condición de transeúnte
concedida por el Ministerio del Interior y Justicia
y que no se hubiesen ausentado de
Venezuela por
un período mayor de treinta
días (30) días
continuos.
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